Lo primero que debemos analizar tras la muerte de una persona, es corroborar si existe o no un testamento en que el fallecido haya expresado su última voluntad. Así, en el primer caso, estamos frente a una posesión efectiva testada que debe iniciarse a través de un proceso judicial, mientras que, en el segundo caso, cuando no hay testamento, se trata de una posesión efectiva intestada en que la institución competente es el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile. 

Siendo la tramitación ante el Servicio de Registro Civil la más común. Aquí te explicamos los seis aspectos más importantes a considerar para poder iniciar este trámite.

  1. ¿Dónde hago el trámite?

Existen dos formas de iniciar el trámite:

  • De manera presencial: Puedes entregar el “Formulario de Posesión Efectiva Intestada” en cualquier oficina de Registro Civil del País completando los datos solicitados.
  • En línea: También puedes iniciar en trámite en la página web del Servicio en sección “Posesión Efectiva Online” ingresando con tu Rut y Clave Única. Sin embargo, debes tener en cuenta que esta opción sólo está disponible para aquellos herederos que tengan parentesco de cónyuge, hijos, conviviente civil, padres, hermanos de un causante. 
  1. ¿Qué documentos debo acompañar para la posesión efectiva? 

El trámite de posesión efectiva es una auto- declaración del solicitante, por lo que en la mayoría de los casos, no se requiere adjuntar documentación. Sin embargo hay excepciones, como por ejemplo, en caso de que un heredero venda sus derechos a otro heredero o a un tercero, en este escenario se debe adjuntar el respectivo contrato de cesión para su verificación. 

En cualquier caso, si es necesario adjuntar documentación, el ingreso de la solicitud de posesión efectiva sólo puede ser de manera presencial en cualquier oficina del Registro Civil.

  1. ¿Necesito contratar un abogado para tramitar la posesión efectiva intestada? 

No es obligatorio contar con la asistencia de un abogado para este trámite. Sin embargo, la asesoría legal puede ser de gran utilidad para ahorrar tiempo y asegurar el éxito del proceso.

  1. ¿Cuánto cuesta tramitar la posesión efectiva? 

La respuesta es DEPENDE, ya que la exención o afectación a pago está sujeta a la masa hereditaria que haya sido ingresada en el Formulario. Esto te lo resumimos en la siguiente tabla:

Valor del conjunto de bienes Arancel en Registro Civil
Entre 1 UTA y 15 UTAExento
Entre 15 UTA y 45 UTA1,6 UTM
Más de 45 UTA2,5 UTM
  • La Unidad Tributaria mensual varía mes a mes, pero si consideramos la UTA del mes de septiembre 2024 en el primer rango estarían exentas de pago las posesiones efectivas cuyos bienes no sobrepasen los $11.945.160. 

Finalmente, es muy importante entender que estos valores son exclusivamente por concepto de tramitación de la herencia en el Registro Civil. Existen otros costos asociados que pueden vincularse al Impuesto de la Herencia que se tramita en el Servicio de Impuestos Internos y los costos asociados a inscripciones de Bienes Raíces en el Conservador de Bienes Raíces.

  1. ¿Puedo corregir un error en la posesión efectiva?

Por supuesto que sí, existe la posibilidad de subsanar dos tipos de errores según los formularios que te indicamos a continuación:

  1. Formulario de modificación de inventario: Este formulario está diseñado para errores numéricos como por ejemplo en la individualización del inmueble, rol de avalúo, datos registrales, etc. Esta modificación solo la podemos realizar de manera presencial en el Servicios de Registro Civil e Identificación. 
  1. Formulario de rectificación de herederos: Con este documento podemos eliminar o agregar herederos que no hayan sido considerados en la solicitud inicial. Sólo en este caso, es posible iniciar una solicitud de rectificación online por medio del sitio web con clave única de alguno de los herederos. 

6. ¿Qué ocurre después de obtener el Certificado de Posesión Efectiva? 

Con el “Certificado de Posesión Efectiva”, debes realizar la Declaración de Impuesto a la Herencia en el Servicio de Impuestos Internos y, si hay bienes inmuebles, inscribirlos en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

¿Tienes dudas? En Acierto Legal, contamos con un equipo especializado en herencias y posesión efectiva que te puede asesorar durante todo el proceso, asegurando que comprendas tus derechos y obligaciones como heredero.

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